Buenas prácticas en los acuerdos de pago
En los casos en que, como parte del proceso de recuperación de su cartera, las entidades vigiladas o las empresas de cobranza suscriban acuerdos de pago con sus clientes, éstas deben:
* Respetar los términos acordados, así como los plazos de cumplimiento otorgados al consumidor financiero.
* Dar constancia al cliente del acuerdo de pago a través de medio verificable legalmente, en el que consten las condiciones de dicho acuerdo.
* Para el caso de las empresas de cobranza, una vez suscrito el acuerdo, deben adicionalmente reportarlo de manera inmediata a la entidad vigilada.
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